Tras finalizar en el primer cuatrimestre la asignatura de G.I.C.E., vuelvo al blog, que
este segundo cuatrimestre estará dedicado a la asignatura Educación y Sociedad.

viernes, 30 de diciembre de 2011

EL EQUIPO DE ORIENTACIÓN Y APOYO

El Equipo de Orientación y Apoyo es una estructura de coordinación docente responsable de asesorar al profesorado en la planificación desarrollo y evaluación de las actuaciones de orientación y de las medidas de atención a la diversidad del centro y de llevar a cabo las actuaciones de atención específica y apoyo especializado. 

Está constituido por la orientadora, y por el profesorado de pedagogía terapéutica, audición y lenguaje y, en su caso, otros responsables en el diseño y desarrollo de las medidas de atención a la diversidad y orientación. La coordinación será ejercida por el responsable de orientación. 

Los componentes de este equipo, bajo la coordinación del responsable de orientación, trabajarán conjuntamente en el desarrollo de las funciones recogidas en el artículo 9 del Decreto 43/2005, de 26–04–2005, por el que se regula la orientación educativa y profesional en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, y de forma específica, en las establecidas en el apartado segundo de la Orden de 15 de junio de 2005, por el que se regula el régimen de funcionamiento de las unidades de orientación, para sus responsables y en la Resolución de 8 de julio de 2002 para el resto del profesorado de apoyo. 


Funciones generales del Equipo de Orientación y Apoyo (Dec.43/2005): 

· Favorecer los procesos de madurez personal, personal, social y profesional, de desarrollo de la propia identidad y del sistema de valores, y de la progresiva toma de decisiones que el alumno ha de realizar a lo largo de su vida, escolares, profesionales y laborales. 

· Prevenir las dificultades de aprendizaje y no solo asistirlas cuando han llegado a producirse, anticipándose a ellas y combatir el abandono del sistema educativo, el fracaso y la inadaptación escolar. 

· Colaborar en el ajuste de la respuesta educativa a las necesidades particulares de todos y cada uno de los alumnos, adaptándola a sus capacidades, intereses y motivaciones, mediante las oportunas adaptaciones curriculares y metodológicas y el asesoramiento en las medidas de atención a la diversidad que garanticen una respuesta educativa más personalizada y especializada. 

· Asegurar la continuidad educativa a través de las distintas áreas, ciclos y etapas y, particularmente, el paso de la educación infantil a la primaria, de ésta a la secundaria y de la secundaria al mundo académico o al del trabajo. 

· Prestar asesoramiento psicopedagógico a los diferentes órganos de gobierno y de coordinación docente de los centros educativos. 

· Asesorar a las familias en su práctica educativa. 

· Colaborar en el desarrollo de la innovación, investigación y experimentación, como elementos que redundan en una mejora de la calidad educativa. 

· Contribuir a la adecuada relación e interacción entre los distintos integrantes de la comunidad educativa: profesorado, alumnado y familias; así como entre la comunidad educativa y su entorno, colaborando en los procesos organizativos y de participación de la comunidad educativa, y en especial dl alumnado, en la vida de los centros. 

· Asesorar a la Administración Educativa y colaborar en el desarrollo de sus planes estratégicos. 

Los miembros del EOA pertenecerán a distintos equipos de ciclo y asistirán a todas las sesiones de evaluación, con el fin de recoger información relevante tratada en estos, y asesorar; así como intercambiar entre ellos la información recogida. 


¿Qué hace un orientador? 

La figura del orientador sigue siendo, en algunos casos, una gran desconocida para los padres de los alumnos, que dudan entre si son profesores a los que se les asignan otras tareas aparte de las estrictamente docentes. Nada más lejos de la realidad; los orientadores deben estar licenciados en psicología, pedagogía o psicopedagogía y haber pasado una oposición del cuerpo de profesores en la especialidad de Psicología y Pedagogía, y se están imponiendo como una figura clave y especializada, encargada de contribuir con su asesoramiento a mejorar la calidad de la atención de toda la comunidad educativa. 

El papel que desempeña un orientador u orientadora es el de: 

• Colaborar en la elaboración del proyecto curricular de etapa, especialmente en los aspectos de concreción individualizada y adaptaciones curriculares. 

• Asesorar a los profesores en el diseño de métodos y procesos de evaluación. 

• Asistir técnicamente a los profesores para el desempeño de su función tutorial. 

• Asesorar al profesorado, en el tratamiento flexible y diferenciado de la diversidad. 

• Colaborar en la prevención y pronta detección de dificultades o problemas educativos. 

• Colaborar en la orientación escolar y profesional individualizada. 

• Realizar, en su caso, la evaluación psicológica y pedagógica de los alumnos. 

• Cooperar en las posibles adaptaciones al comienzo de una nueva etapa. 

• Promover la cooperación entre escuela y familia. 


Finalizo la entrada añadiendo un artículo que me ha sido de gran utilidad a la hora de investigar sobre este tema y de elaborar esta entrada. En él se habla de la importancia del orientador en la vida educativa. 




INNOVACIÓN DOCENTE


Ya he dedicado una entrada a hablar de la innovación metodológica de los profesores en las aulas. Éste es un tema muy presente en la actualidad docente debido principalmente a los grandes avances producidos en los últimos años en la sociedad y al gran desarrollo de las tecnologías. Por ello creo necesaria la inclusión de nuevos modelos de enseñanza en el aula que es en el tema que me voy a centrar en esta entrada.

Es preciso reflexionar sobre estas otras formas de enseñar que nos llevan a pensar en una nueva manera de concebir la educación. Ya Faure(1973: 16-17) lo adelantaba cuando afirmaba que " (...) ya no se trata de adquirir aisladamente, conocimientos definitivos, sino de prepararse para elaborar, a lo largo de toda la vida, un saber en constante evolución y también se trata de aprender a ser"

Desde comienzos de los años 90, se identificaron otras perspectivas educativas, haciéndose patente la necesidad de que el alumnado adquiera nuevas habilidades relacionadas con: la solución de problemáticas reales, la búsqueda de información y generación de pensamiento crítico. Ello significó que el maestro debía empezar a enseñar al alumnado a aprender a aprender, en vez de centrar su actuación docente en la exposición de contenidos. 

NUEVAS FORMAS DE ENSEÑAR Y DE APRENDER 

Algunos de los nuevos modelos de enseñanza que ya se aplican en las aulas son los siguientes:

- Aprendizaje basado en problemas (ABP): es un modelo didáctico que busca el aprendizaje a través del aprendizaje significativo.

- Modelo por proyectos: se trabaja un tema como eje del proyecto, pero en la indagación sobre ese tema se investiga sobre otros muchos de manera transversal.

- Modelos de enseñanza en red: hay que educar a nuestros alumnos como consumidores y usuarios de la Red, pero con plena conciencia de su uso y con potencialidad para su utilización crítica y creativa, lejos del riesgo de la exclusión a la que se exponen. 



Buscando a través de internet experiencias de innovación docente, me he encontrado con que casi todos los artículos que hablaban sobre este tema estaban relacionados con el ámbito universitario, aún así he encontrado un buen artículo en relación al ámbito educativo de la educación primaria:


En este artículo se analizan las experiencias de catorce casos de innovación educativa de profesorado especializado en Infantil y Primaria. Se detalla el método seguido haciendo especial énfasis en los procedimientos e instrumentos empleados, la elaboración de categorías y en el análisis cualitativo.

Por lo tanto, y en mi opinión, este artículo quiere transmitir que sólo el análisis de la realidad en cada escuela, la planificación, el desarrollo y la evaluación colaborativa y dialogada en cada contexto son el camino para la construcción del cambio en el entrono escolar. Además, innovación y cambio se sitúan como elementos clave de la formación permanente del profesorado.

Hay otro artículo, que también trata de la innovación docente y el uso de las TIC, aunque en el ámbito universitario. No obstante, aquí dejo el enlace porque por ello no deja de ser un artículo muy relacionado con esta entrada y que me ha sido de bastante utilidad a la hora de realizarla.

jueves, 29 de diciembre de 2011

EL CONSEJO ESCOLAR


Dada la importancia del Consejo Escolar en un Centro Educativo, esta entrada la voy a dedicar a explicar en profundidad el papel que juega este órgano dentro la escuela y a los tipos de Consejos Escolares que existen. 


El Consejo Escolar es el órgano de participación en el control y gestión del centro de los distintos sectores que constituyen la comunidad educativa. 


1. COMPOSICIÓN 

La composición del consejo escolar en los centros públicos es la siguiente: 

- Director del Centro, que es su presidente 
- Jefe de Estudios 
- Representantes de los Profesores 
- Representantes de los Padres de alumnos, variando su número en función del tipo de centro.­ 
- Representantes de los Alumnos 
- Representantes del Personal Administrativo y de Servicios 
- Representante del Ayuntamiento 
- El Secretario del centro, quien tiene voz pero no voto


2. FUNCIONES

Las funciones del Consejo Escolar se recogen en la Ley Orgánica 2/2006 de Educación (LOE) y son: 

· Formular propuestas al equipo directivo sobre la programación anual del centro y aprobar el proyecto educativo sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores. en relación con la planificación y organización docente. 

· Elaborar informes. a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y sobre aquellos otros aspectos relacionados con la actividad del mismo. 

· Participar en el proceso de admisión de alumnos y velar para que se realice con sujeción a lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen. 

· Aprobar el reglamento de régimen interior del centro. 

· Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente. 

· Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y su liquidación. 

· Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar. 

· Proponer las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con otros centros, entidades y organismos. 

· Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa. 

· Ser informado de la propuesta a la Administración educativa del nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo. 

· Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro. 

· Otras que les puedan ser atribuidas por la Administración educativa. 


3. RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR 

El Consejo Escolar se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el Director o lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros. En todo caso, será preceptiva, además, una reunión a principio de curso y otra al final del mismo. La asistencia a las sesiones es obligatoria para todos sus miembros. 


4. ELECCIÓN Y RENOVACIÓN DEL CONSEJO ESCOLAR

El procedimiento de elección de los miembros del Consejo Escolar se desarrollará durante el primer trimestre del curso académico. El Consejo Escolar se renovará por mitades cada dos años de forma alternativa. 

Los miembros de la comunidad educativa sólo podrán ser elegidos por el sector correspondiente y podrán ser candidatos para la representación de uno sólo de dichos sectores, aunque pertenezcan a más de uno. A efectos de organización del procedimiento de elección, se constituirá en cada centro una junta electoral. 



En las localidades con varios colegios, también se constituyen Consejos Escolares Municipales.

Consejos Escolares Municipales.


¿Qué es el Consejo Escolar Municipal? 

Es un órgano de consulta, compuesto por representantes de todos los sectores afectados en la tarea educativa, por el que estos participan en la programación general de la enseñanza dentro del ámbito del Municipio. 


¿Cuál es su composición? 


- Alcalde, que es su Presidente 
- Representantes de la Administración Educativa de la Comunidad Autó­noma 
- Representantes de profesores de Centros Públicos y Concertados desig­nados por los Sindicatos más   votados 
- Representantes de Asociaciones de Padres de Alumnos. 
- Representantes de Alumnos. 
- Representante del Personal Administrativo y de Servicios 
- Concejal Delegado 
- Titular de Centros Privados 
- Secretario, designado por la Delegación Provincial de Educación y Ciencia 


¿Qué carácter tiene el Consejo Escolar Municipal? 

Es de creación obligatoria en todos los municipios en cuyo término existan al menos tres centros escolares públicos. 

Además la normativa de nuestra Comunidad Autónoma recoge la posibilidad de que se cree de forma voluntaria en localidades con menos de tres centros públicos; también contempla la posibilidad de crear Consejos Escolares de ámbito comarcal. 


¿Qué materias son de su competencia? 

Se pueden dividir en dos grupos: 

a) Materias de preceptiva consulta: 

- Disposiciones municipales que afecten a temas educativos 
- Distribución de los gastos que, en materia educativa, corresponden a los Ayuntamientos 
- Cualquier otra cuestión que el Alcalde considere que ha de ser sometida a su consulta 

b) Materias en que puede actuar a iniciativa propia: 

- Distribución de alumnos a efectos de escolarización 
- Propuestas de convenios o acuerdos para mejorar la prestación del servicio educativo 
- Constitución de Patronatos o Institutos Municipales de educación 
- Adaptación de la programación de los centros al entorno 
- Cualquier otra cuestión relativa a la promoción y extensión educativa 
- Adaptación del calendario escolar a las necesidades y características socio­económicas de la localidad. 


También existe el Consejo Escolar de Castilla-La Mancha y el del Estado.


El Consejo Escolar de Castilla - La Mancha: 

Es un órgano consultivo y de asesoramiento del Gobierno regional, así como de participación de la sociedad castellano - manchega en la programación general de la enseñanza en los niveles anteriores a la Universidad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma. Podrá emitir cuantos dictámenes e informes le sean solicitados por la Consejería aunque también podrá elaborar dichos informes a iniciativa propia y elevarlos a la Consejería. 

Su función principal es canalizar y garantizar la participación efectiva de todos los sectores sociales afectados en la programación general de las enseñanzas previas en nuestra región. 

Su composición es la siguiente: 

- Una presidencia 
- Una vicepresidencia 
- Los consejeros 
- La secretaría general 



El Consejo Escolar del Estado: 

Es el órgano de participación de los sectores más directamente relacionados con el sector educativo. Se crea con la Ley Orgánica reguladora del derecho a la educación en 1985. Su ámbito se extiende a todo el Estado.  

El Consejo desarrolla también una labor consultiva, de asesoramiento y propuesta al Gobierno en relación con los distintos aspectos del sistema educativo. 

Sus integrantes dictaminan los proyectos de normas en materia educativa, que tengan que ser aprobados por el Parlamento, el Gobierno o por el titular del Ministerio de Educación. 

Asimismo, aprueba para cada curso escolar el Informe sobre el estado y situación del sistema educativo, donde se incluyen las propuestas de mejora de la educación que alcancen el respaldo sus miembros. 


Su composición es la siguiente: 
El Consejo Escolar del Estado tiene 107 componentes. En función de la representatividad de las asociaciones en las que se integran, están presentes en el Consejo: 

· Presidencia 
· Vicepresidencia 
· Secretaría General 
· 20 profesores de la enseñanza pública y privada 
· 12 padres y madres del alumnado 
· 8 representantes del alumnado 
· 4 representantes del personal de administración y servicios 
· 4 titulares de centros privados 
· 4 representantes de las centrales sindicales 
· 4 representantes de las organizaciones empresariales 
· 8 miembros de la Administración educativa del Estado 
· 4 representantes de las Universidades 
· 4 representantes de las entidades locales 
· 12 personalidades de reconocido prestigio 
· 4 representantes de la mujer
· 17 presidentes de los Consejos Escolares de ámbito autonómico



COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

En las escuelas de educación infantil y en los colegios de educación primaria existirá una comisión de coordinación pedagógica que estará integrada por el Director, que será su presidente, el Jefe de estudios, los Coordinadores de ciclo y, en su caso, el maestro orientador del centro o un miembro del equipo para la orientación e intervención educativa que corresponda al centro. 

La CCP será convocada por el Director y se reunirá, ordinariamente, como mínimo una vez al trimestre. Todos sus miembros tienen la obligación de participar en las reuniones que se realicen. Las decisiones deberán ser aprobadas por mayoría simple de los miembros presentes. 


En la clase del 22 de noviembre, estuvimos trabajando sobre la CCP y los Ciclos, como estructuras de coordinación docente e hicimos una simulación de CCP.

En este simulacro unos cuantos miembros de la clase se reunieron para tratar de resolver la atención a la diversidad en su colegio. El resto de la clase éramos los observadores. Mientras que los profesores se encargaron de dar indicaciones a los participantes para que supieran como ir desarrollando la reunión. 

A nivel personal, creo que esta reunión ya estuvo más organizada y se desarrollo más satisfactoriamente que la simulación de claustro de la vez anterior. Aún así, pienso que se centró demasiado la atención en la organización y se debería haber hablado más sobre lo que queremos hacer, los métodos que vamos a utilizar con los alumnos, como queremos que sea la atención a la diversidad... Aunque todo esto fue debido principalmente a que no había mucho tiempo para poder exponer todos los temas deseados. 


Por lo tanto, y volviendo al tema que nos hizo realizar esta simulación: los contenidos que pueden estar presentes en las reuniones de la CCP y de ciclos, tengo que decir que aparte del tema llevado a cabo en la simulación de clase, que como he dicho, era la atención a la diversidad, son muchos más los temas que se desarrollan en este tipo de reuniones. Algunos de ellos son: los proyectos curriculares de etapa, la organización de la orientación educativa y del plan de acción tutorial o las propuestas de planificación general de las sesiones de evaluación. 


Para finalizar esta entrada quiero decir, que creo que todas los miembros o instituciones que pertenecen a un centro escolar tienen su importancia; y después de todo lo visto anteriormente, es indudable la importancia de la Comisión de Coordinación Pedagógica dentro de un centro escolar, ya que se trata del máximo órgano de coordinación docente del centro y por tanto coordina tanto la planificación académica como la programación didáctica en su conjunto, en colaboración con el Equipo Directivo.


lunes, 26 de diciembre de 2011

SIMULACRO DE CLAUSTRO EN CLASE

El día 15 de noviembre de 2011, hicimos en clase un simulacro de claustro de profesores. En esta entrada voy a resumir cómo se llevó a cabo, las cuestiones que se trataron y las reflexiones derivadas de mi participación en él. 

Lo primero que hicimos fue dividir la clase en dos grupos para formar dos claustros distintos. Uno de los grupos permaneció en el aula habitual con el profesor de la asignatura, y el segundo de los grupos, en el que yo me encontraba, se fue a otro aula acompañado por una profesora invitada a clase. 

Una vez que estábamos colocados todos en el aula, la profesora repartió las funciones que cada uno debíamos desempeñar. Estas funciones fueron las siguientes: 

- Un Equipo Directivo: formado por una directora, una jefa de estudio y una secretaria. 

- Tutores de Educación primaria (de todos los cursos) 

- Tutores de Educación infantil 

- Profesores especialistas en diversas materias (educación física, música, inglés y religión) 

- Equipo de orientación (en el que se encontraban un PT, un orientador y un maestro de audición y lenguaje) 

- Observadores (mi función fue la de ser una de las observadoras). Los observadores tenían como función   observar y tomar nota, durante el desarrollo del claustro, del nivel de consecución de los objetivos y añadir su valoración personal. 


Cuando ya estaban repartidas todas estas funciones, dio comienzo el claustro. 
Guiados por las indicaciones de la profesora, lo primero que hicimos fue explicar el objetivo principal del Claustro. Esta tarea fue llevada a cabo por la Directora, que expuso que el motivo de la reunión era que el centro se iniciara en un Proyecto de Innovación. 

En un primer momento todos los participantes estaban de acuerdo en iniciar este proyecto por lo que comenzaron con las propuestas de organización para afrontar este trabajo en sesiones posteriores. Algunas de ellas fueron: 
- Organizarse por ciclos
- Crear un documento en google docs para hacer entre todos una lluvia de ideas 

Tras las diversas propuestas, se llegó a varios acuerdos, como por ejemplo: 
- El coordinador del proyecto iba a ser el PT por acuerdo general. 
- Los objetivos los harían entre todos 
- Se realizaría una puesta en común a través de google docs. 


Finalmente, llegó el momento de que los observadores dieran su opinión acerca de cómo se había llevado a cabo la sesión de Claustro y cuáles eran los aspectos a mejorar. 

Todos los observadores pensamos que la tarea encomendada se llevó a cabo de forma satisfactoria y que todos se pusieron de acuerdo y se comprometieron con la propuesta, aunque como aspecto a mejorar dijimos que faltó más participación por parte de los miembros del claustro. 


Como opinión personal, quiero decir que ésta fue la primera vez que realicé un simulacro de claustro, al igual que casi todos mis compañeros. Por ello, al principio, no sabíamos muy bien cómo había que actuar, aunque gracias a las indicaciones de la profesora pudimos, poco a poco, ir desarrollando el simulacro. Esta clase fue muy útil, ya que pudimos comprender un poco mejor las tareas de los profesores durante estas reuniones y ponernos por un momento en su lugar. Además aprendimos un poco mejor cómo se desarrolla una reunión de claustro y las dificultades que se pueden dar en ella. Por todo esto creo que esta actividad fue muy adecuada ya que es muy importante que conozcamos y aprendamos como se lleva a cabo este tipo de reuniones, en las que como futuros docentes, vamos a tener que participar.



jueves, 22 de diciembre de 2011

EL CLAUSTRO DE PROFESORES EN RELACIÓN A LA INNOVACIÓN METODOLÓGICA

En esta entrada voy a hablar sobre el claustro de profesores. Ya he explicado en otra entrada la composición y las funciones del claustro de profesores en un centro escolar. Por lo tanto, ahora me voy a centrar en la relación de éste con la innovación metodológica.
Para comenzar, y de forma breve, recordar que el claustro está presidido por el Director del centro y en él están integrados la totalidad del profesorado que presta servicio decente en el Centro. El claustro tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, decidir e informar sobre los aspectos docentes del Centro, siendo su función primordial la de impartir la docencia a todo el alumnado.
Se reúne al año en tres o cuatro ocasiones (trimestralmente) para realizar propuestas al Plan del Centro, revisar normas de funcionamiento, aportar criterios al calendario escolar, ser informado de la gestión del Centro, aprobar los aspectos académicos y docentes de la programación General Anual y la memoria del curso...
Por tanto, la actividad de los centros docentes recae, en última instancia, en el profesorado que en ellos trabaja. Por una parte, los cambios que se han producido en el sistema educativo y en el funcionamiento de los centros docentes obligan a revisar el modelo de la formación inicial del profesorado y adecuarlo al entorno europeo. Por otra parte el desarrollo profesional exige un compromiso por parte de las Administraciones educativas por la formación continua del profesorado ligada a la práctica educativa.

Es imprescindible situar la actividad profesional de un profesor dentro de un contexto social amplio donde se desarrolla la educación estando ésta sometida a procesos como la globalización, la sociedad del conocimiento y las paradojas a las que nos somete la sociedad actual. La globalización comporta entre otros aspectos una reconversión de las escuelas y por tanto, una redefinición de la profesión docente que debe emplear nuevos métodos para educar a los alumnos del siglo XXI. Por lo tanto se hace necesario una innovación metodológica en las aulas.
El profesor ha de ser un especialista en los aspectos metodológicos. La innovación metodológica en educación debe tratarse de un proceso de cambio planificado, fundamentado y orientado al logro de mejora de la calidad de la educación.
Para la realización de toda la Innovación Metodológica, hace falta un proyecto, y en él debe participar el Claustro de profesores de una forma que incida de manera importante en él. En este proyecto de Innovación Metodológica, deben estar implicados además del Claustro de profesores, el Equipo Directivo, los alumnos y los padres de éstos también.
Desde comienzo de los años 90 se identificaron otras perspectivas educativas, haciéndose patente la necesidad del que el alumnado adquiriera nuevas habilidades relacionadas con: la solución de problemáticas reales, la búsqueda de información  y la generación del pensamiento crítico. Ello significó que el maestro/a debía empezar a enseñar al alumnado a aprender a aprender, en vez de centrar su actuación docente en la exposición de contenidos. Los alumnos debían adquirir conocimientos relevantes, de tal manera que pudieran aplicarlos a su vda cotidiana, también debían consolidar la capacidad de trabajar en grupos, todo ello, con la finalidad de que fueran preparándose para actuar en una sociedad competitiva.

En cuanto al desarrollo de las Nuevas Tecnologías (TIC), debido al imparable desarrollo de redes de comunicación, la sociedad ha establecido nuevas formas de relacionarnos con los demás, de acceder a la información, a los recursos  y nuevas formas de enfrentar la realidad. Todo esto ha determinado también los procesos de enseñanza y aprendizaje, ya que los colegios no quedan fuera de la "sociedad red". Por ello el sistema educativo debe incorporar plenamente la Tecnologías de la Información como instrumento de trabajo. Es necesario educar a los alumnos como consumidores y usuarios de las Nuevas Tecnologías, pero siempre con plena conciencia de su uso y con potencialidad para su utilización crítica y creativa. 

Para finalizar esta entrada, quiero decir que creo que está bastante claro que el profesorado cada vez está más concienciado respecto al tema de la incorporación de las nuevas tecnologías en el aula, pero, sin embargo, quiero plantear la pregunta de si ¿realmente se están poniendo en práctica?. Aquí dejo un vídeo que sirve para reflexionar sobre este tema:



Enlace del video: http://www.youtube.com/watch?v=LxbyikLqXhs

sábado, 17 de diciembre de 2011

EL PROYECTO EDUCATIVO


El Proyecto educativo es el documento programático que define la identidad del centro, recoge los valores y establece los objetivos y prioridades del centro docente y de la comunidad educativa. 

Según la legislación vigente, cada centro escolar debe elaborar, aprobar y ejecutar un proyecto educativo que será la máxima expresión de la autonomía pedagógica que se le reconoce. 

El encargado de elaborar el P.E.C. es el Equipo Directivo de acuerdo con las directrices del Consejo Escolar y las propuestas del Claustro y Equipos de Ciclo, teniendo en cuenta las características del centro y de los alumnos. 

El Consejo escolar aprueba el Proyecto Educativo, en el que están representados los distintos sectores que componen la Comunidad Educativa. Es necesaria una previa discusión con sus colectivos para recoger sus opiniones sobre cada uno de los aspectos a incorporar. 

Los contenidos del proyecto educativo de un centro escolar, según el modelo establecido por la LOE, están agrupados en cuatro categorías: 

a) Principios pedagógicos. Serán aquellos principios que determinarán la orientación y garantizarán la calidad del conjunto de la propuesta educativa propia de cada centro escolar. Si se trata de un centro privado, y cuando proceda, este primer componente del proyecto educativo será el documento en el cual el titular del centro habrá expresado el carácter propio del centro. 

b) Opciones preferentes. Este segundo componente incluirá la descripción de los valores y los objetivos educativos a los que cada centro escolar considere oportuno atribuir un carácter prioritario en las circunstancias en que se encuentra. 

c) Concreción de los currículos. Será el resultado de completar y desarrollar los currículos correspondientes a las etapas educativas impartidas en el centro, e incluirá el tratamiento transversal de la educación en valores y otras enseñanzas a lo largo de cada etapa. 

d) Planes y programas. Serán los que cada centro considere oportunos según sus necesidades, incluyendo en todo caso aquellos que la misma Ley prescribe o que la Administración educativa correspondiente haya previsto para los centros escolares de su ámbito territorial. Algunos ejemplos de posibles planes y programas son: el plan de atención a la diversidad, el plan de acción tutorial, el plan de convivencia, el proyecto lingüístico si procede, el plan de animación pastoral (escuelas católicas), el programa de actividades complementarias y extraescolares, el programa de diversificación curricular, el programa de formación continua del personal del centro, el programa de innovación educativa, el programa familia-escuela, etc. 

Según los reales decretos que establecen las enseñanzas mínimas, el proyecto educativo de cada centro también deberá incluir las medidas organizativas que garantizarán a los alumnos la libertad de opción de las enseñanzas del área o materia de religión, con el fin de que los padres o tutores las puedan conocer con anterioridad. 





¿Cómo ha de ser el P.E.C.? 

·Holístico: es decir, que debe atender a la totalidad de la acción educativa 
·De calidad 
·Útil para convivir 
·Elaborado de manera democrática 
·Comprometido con el entorno, el contexto del centro y las personas involucradas en él 
·Inclusivo (que recoja los criterios y medidas para dar respuesta a la diversidad del alumnado) 
·Conectado: es decir, en comunicación con todos los elementos culturales existentes. 


Por tanto, la finalidad última del P.E.C. es mejorar la calidad de la enseñanza en condiciones de igualdad y su ámbito de desarrollo, todas las acciones que en el centro docente se llevan a cabo. El Proyecto Educativo se concreta cada año escolar en la Programación General Anual (P.G.A.) 


Como conclusión quiero decir que creo que es necesario elaborar, aplicar y evaluar un buen proyecto educativo en cada centro, ya no sólo por la obligatoriedad que le otorga la LOE sino también por su gran importancia dentro de un centro, debido a todo lo comentado anteriormente. Además el P.E.C. tendrá una incidencia más eficaz si el Equipo Directivo asume el reto de adaptar el currículo establecido de acuerdo con sus principios pedagógicos, la situación en que se encuentre su propio centro, las necesidades de los alumnos y el contexto sociocultural.
Para terminar esta entrada, añado un enlace en el que podemos ver un ejemplo de un Proyecto Educativo, del C.E.I.P.  "El Fabraquer" (Alicante), que me ha parecido muy completo y organizado.

ESTILOS DE LIDERAZGO


El liderazgo consiste en la capacidad o habilidad que tiene una persona para influir, inducir, animar o motivar a otros a llevar a cabo determinados objetivos. 

Existen principalmente tres formas o estilos de ejercer el liderazgo: liderazgo autoritario, liderazgo democrático y liderazgo liberal o laissez faire: 

Liderazgo autoritario 

Este tipo de liderazgo se basa en un estilo dominante por parte del líder. Éste suele tomar decisiones sin necesidad de la participación de sus subordinados y sin la necesidad de tener que justificarlas. 

El líder autoritario se caracteriza por ser dominante, restrictivo, exigir obediencia y supervisar constantemente a sus trabajadores. 


Liderazgo democrático 

En este tipo de liderazgo el líder busca ser un miembro más del grupo, las decisiones se suelen tomar entre los trabajadores, pero bajo la supervisión, guía y consentimiento del líder. 

El líder democrático se caracteriza por escuchar a los miembros de su grupo, ser amistoso, ser accesible, ayudar a sus trabajadores en sus problemas personales, mostrar consideración e interés por los demás, promover la participación de todos y ser permisivo. 


Liderazgo liberal 

Este tipo de liderazgo se basa en una participación mínima del líder. Éste otorga total libertad en las decisiones grupales o individuales, o, en todo caso, su participación en las decisiones es limitada. Por ejemplo, da algunas orientaciones de lo que hay que hacer, y aclara que suministrará más información sólo si la solicitan. 


¿Qué estilo de liderazgo es mejor adoptar?

Bajo un liderazgo exclusivamente autoritario es posible lograr un mejor resultado en el trabajo, pero a costa de generar tensión, y falta de espontaneidad e iniciativa en los trabajadores. 

Bajo un liderazgo completamente liberal suelen obtenerse pobres resultados en cuanto a calidad y cantidad, además se suele perder tiempo, por ejemplo, en discusiones personales no relacionadas con el trabajo en sí. 

En un liderazgo democrático los trabajadores suelen mostrar mayor eficiencia, mayor creatividad, comunicación, responsabilidad y compromiso. 

Por lo tanto, adoptar un liderazgo democrático puede parecer la mejor opción de las tres. Sin embargo, en la práctica esto no es del todo correcto, y se hace necesario aplicar los tres tipos de liderazgo de acuerdo a la situación que se esté dando, a las personas a liderar, y a la tarea o trabajo que se tenga que ejecutar. 



Como conclusión, creo que un director escolar, puede y debe emplear los diferentes estilos de liderazgo, utilizando en cada situación aquel que sea de más eficacia. En ocasiones, debe mostrarse autoritario y hacer cumplir las órdenes, otras, debe incentivar la participación y consultar al resto de profesores y a sus alumnos antes de tomar decisiones y, en otras, incluso dejar que ellos mismos las tomen. Precisamente, un buen director es aquel que sabe utilizar el estilo que es más conveniente en cada contexto.

Para completar esta entrada, quiero añadir un vídeo que he encontrado tras investigar acerca de los estilos de liderazgo. Este vídeo me ha parecido de gran interés ya que en él se muestran los resultados obtenidos en unos niños con los diferentes tipos de líderes a través de un experimento.




 http://www.youtube.com/watch?v=Lx80XCIbPcI

martes, 13 de diciembre de 2011

EL EQUIPO DIRECTIVO

Debido a la extensión e importancia del Equipo Directivo, he decidido crear una nueva entrada en la que prestar una especial atención a esto, que se encuentra dentro del apartado de los Órganos de Gobierno en los Centros públicos de los que he hablado en la entrada anterior.

Cómo ya se ha explicado, el Equipo Directivo está compuesto por el Director, Jefe de estudios y Secretario. Cada uno de ellos tiene unas funciones específicas y diferenciadas en el desarrollo de la vida del Centro.

Funciones del director:

· Ostentar la representación del centro, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas.

· Dirigir y coordinar todas las actividades del centro hacia la consecución del proyecto educativo del mismo   de acuerdo con las disposiciones vigentes y sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro y al Consejo Escolar del centro.

· Dirigir y promover un desarrollo eficaz de las funciones encomendadas al equipo directivo en el artículo anterior.

· Garantizar el cumplimiento de las Leyes y demás disposiciones vigentes.

· Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro y adoptar las resoluciones disciplinarias que correspondan de acuerdo con las normas aplicables.

· Colaborar con los órganos de la Consejería competente en materia de educación en todo lo relativo al logro de los objetivos educativos, formar parte de los órganos consultivos que se establezcan al efecto y proporcionar la información y documentación que le sea requerida por la Consejería competente en materia de educación.

· Proponer a la Administración Educativa el nombramiento y cese del resto de miembros del equipo directivo, previa información al Claustro y al Consejo Escolar, así como designar y cesar a los titulares de los órganos de coordinación docente y tutorial, de acuerdo con el procedimiento que se establezca en los correspondientes reglamentos orgánicos de los centros.

· Favorecer la aplicación de medidas que contribuyan a mejorar la convivencia en el centro, resolver los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan al alumnado de acuerdo con lo que reglamentariamente establezca la Consejería competente en materia de educación y con los criterios que se establezcan en el reglamento de régimen interior del centro.

· Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones de los órganos de participación en el control y gestión del centro y de otros órganos, cuando así se establezca reglamentariamente, y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias.


· Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro y ordenar los pagos, todo ello de acuerdo con lo que establezca las disposiciones vigentes y la Consejería competente en materia de educación.

· Aprobar las certificaciones y documentos oficiales del centro.

· Impulsar procesos de evaluación interna del centro, colaborar en las evaluaciones externas y promover planes de mejora de la calidad del centro, así como proyectos de innovación e investigación educativa.

· Cualquier otra función que le sea encomendada en los correspondientes reglamentos orgánicos y disposiciones vigentes.

Funciones del Jefe de estudios:

· Participar coordinadamente junto con el resto del equipo directivo en el desarrollo de las funciones señaladas en el artículo cuatro.

· Coordinar, de conformidad con las instrucciones de la Dirección, las actividades de carácter académico, de orientación y tutoría, extraescolares y complementarias del profesorado y del alumnado en relación con el proyecto educativo, las programaciones didácticas y la programación general anual y velar por su ejecución.

· Coordinar las actuaciones de los órganos de coordinación didáctica y de los órganos competentes en materia de orientación académica y profesional y acción tutorial que se establezcan en los reglamentos orgánicos de los centros.

· Coordinar, con la colaboración del representante del centro correspondiente del profesorado y recursos que haya sido elegido por el Claustro, las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y coordinar las actividades de formación y los proyectos que se realicen en el centro.

· Ejercer, de conformidad con las instrucciones de la Dirección, la jefatura del personal docente en todo 10 relativo al régimen académico.

· Elaborar, en colaboración con el resto de miembros del equipo directivo, los horarios académicos del alumnado y del profesorado, de acuerdo con los criterios pedagógicos y organizativos incluidos en la programación general anual, así como velar por su estricto cumplimiento.

· Coordinar la utilización de espacios, medios y materiales didácticos de uso común para el desarrollo de las actividades de carácter académico, de acuerdo con 10 establecido en el proyecto educativo y en la programación general anual.

· Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el titular de la Dirección dentro de su ámbito de competencias o por los correspondientes reglamentos orgánicos y disposiciones vigentes.

Funciones del secretario:

· Participar coordinadamente junto con el resto del equipo directivo en el desarrollo de las funciones señaladas para el Equipo Directivo.

· Ordenar el régimen administrativo y económico del centro, de conformidad con las instrucciones de Dirección, elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro educativo, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.

· Ejercer, de conformidad con las instrucciones de la Dirección y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y servicios adscrito al centro, y aplicar, en su caso, las medidas disciplinarias que correspondan.

· Actuar como secretario o secretaria de los órganos de participación en el control y gestión del centro, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos adoptados con el visto bueno del titular de la Dirección.

· Custodiar las actas, libros y archivos del centro docente y expedir, con el visto bueno del titular de la Dirección, las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados e interesadas.

· Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado y velar por el mantenimiento y conservación de las instalaciones y equipamiento escolar de acuerdo con las indicaciones del titular de la Dirección.

· Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el titular de la Dirección dentro de su ámbito de competencias o por los correspondientes reglamentos orgánicos y disposiciones vigentes.



Una vez vistas las funciones del Equipo Directivo, vamos a plantear un artículo sobre las características que debería tener un buen Director, ya que desempeñar esta tarea no es fácil y no todo el mundo está capacitado para ejercer adecuadamente esta profesión.

Además de su preparación académica, el Director debe reunir unas características personales necesarias para ejercer su trabajo de forma adecuada, algunas de las que creo que son más importantes son:
  • Capacidad para representar a la institución y aptitudes para transmitir a su equipo una visión positiva acerca de los logros a alcanzar (capacidad de liderazgo). 
  • Habilidad para relacionarse con alumnos, padres y docentes 
  • Capacidad de trabajo en equipo 
  • Responsabilidad 
  • Debe promover, cada vez que lo crea adecuado cambios en los estilos de enseñanza docente para que éstos se adecuen a las necesidades de aprendizaje particulares de los alumnos. 
  • Tener expectativas elevadas tanto del desempeño de los alumnos como del trabajo del profesorado 
  • Ser capaz de ofrecer críticas positivas y constructivas a los docentes, con el propósito de solucionar los problemas y mejorar la enseñanza. 
  • Fomentar la utilización eficaz del tiempo de enseñanza 
  • Dar seguimiento y evaluar continuamente el rendimiento colectivo de los alumnos y emplear la información para guiar la planificación docente.

Como conclusión, decir que la disposición que tenga el director con los docentes beneficiará a toda la comunidad educativa. La confianza que el director inspire también será motivo para que alumnos, padres y docentes se sientas libres de recurrir a él ante cualquier tipo de inconveniente o duda que les pueda surgir.

Los docentes y directivos podrán lograr mejores resultados si ambos, trabajando en equipo, establecen los objetivos de su centro escolar.



Y para finalizar, voy a añadir a esta entrada un enlace a un artículo del periódico "El País" que está relacionado con este tema y me ha parecido interesante, y sobre todo, que da que pensar sobre la situación actual de los centros escolares y de los puestos de director.



miércoles, 7 de diciembre de 2011

LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO EN LOS CENTROS PÚBLICOS

La vida organizativa y el funcionamiento del Centro está regulada por el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y Educación Primaria (Real Decreto 82/1996, de 26 de enero). En dicho reglamento se especifica que los órganos de gobierno son:

- Unipersonales: Director, Jefe de Estudios y Secretario
- Colegiados: Consejo Escolar del Centro y Claustro de profesores.

He elaborado este esquema, con objeto de facilitar la visión de los distintos órganos de gobierno en los centros escolares y para que sirva de apoyo a este documento. 


A continuación voy a explicar las funciones  y composición de los órganos de gobierno.



1. ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO

Estos órganos unipersonales forman el Equipo Directivo. Éste está compuesto por el director, jefe de estudios y secretario.

Sus principales funciones son las siguientes:
·         Velar por el buen funcionamiento del centro y por la coordinación de los procesos de enseñanza y aprendizaje sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro, al Consejo Escolar y a otros órganos de coordinación didáctica del centro.
·         Estudiar y presentar al Claustro y al Consejo Escolar propuestas para facilitar y fomentar la participación coordinada de toda la comunidad educativa en la vida del centro.
·         Elaborar y actualizar el Proyecto Educativo del centro, el Reglamento de Régimen Interno y la Programación General Anual, teniendo en cuenta las propuestas formuladas por el Consejo Escolar y por el Claustro.
·         Gestionar los recursos humanos y materiales del centro a través de una adecuada organización y funcionamiento del mismo.
·         Proponer a la comunidad escolar actuaciones que favorezcan las relaciones entre los distintos colectivos que la integran, mejoren la convivencia en el centro y fomenten un clima escolar que favorezca el estudio y la formación integral del alumnado.
·         Impulsar y fomentar la participación del centro en proyectos europeos, en proyectos de innovación y desarrollo de la calidad y equidad educativa, en proyectos de formación en centros y de perfeccionamiento de la acción docente del profesorado, y en proyectos de uso integrado de las tecnologías de la información y la comunicación en la enseñanza.
·         Potenciar e impulsar la colaboración con las familias y con las instituciones y organismos que faciliten la relación del centro con el entorno.
·        Proponer procedimientos de evaluación de las distintas actividades y proyectos del centro y elaborar la memoria final de curso, teniendo en cuenta las valoraciones que efectúen el Claustro y el Consejo Escolar sobre el funcionamiento del centro y el desarrollo de la programación general anual.
Estas son las funciones generales del Equipo Directivo en conjunto, aunque de forma individual, cada componente de este Equipo (director, jefe de estudios y secretario) tiene unas funciones específicas y diferenciadas en el desarrollo de la vida del Centro, que veremos con detalle en posteriores entradas de este blog.

2. ORGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO
2.1. El Consejo Escolar
El Consejo Escolar de los centros, estará compuesto por los siguientes miembros:

a.   El Director del centro, que será su presidente.
b.   El Jefe de estudios.
c.   Un número determinado de maestros elegidos por el Claustro, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo.
d. Un número determinado de representantes de los padres de alumnos, que no podrá ser inferior a un tercio del total de los componentes del Consejo.
e.  Un representante del personal de administración y servicios.
f.   Un representante del Ayuntamiento del municipio al que pertenezca el centro.
g.  El Secretario, que actuará como Secretario del consejo, con voz, pero sin voto.

No obstante, el número de miembros que tienen que pertenecer al Consejo Escolar dependerá del número de alumnos y viene establecido en la normativa vigente.

Las principales funciones del Consejo Escolar del centro son las siguientes:
·         Formular propuestas al equipo directivo sobre la programación anual del centro y aprobar el proyecto educativo sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores. en relación con la planificación y organización docente.
·         Elaborar informes. a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y sobre aquellos otros aspectos relacionados con la actividad del mismo.
·         Participar en el proceso de admisión de alumnos y velar para que se realice con sujeción a lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen.
·         Aprobar el reglamento de régimen interior del centro.
·         Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.
·         Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y su liquidación.
·         Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar.
·         Proponer las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales, con otros centros, entidades y organismos.
·         Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa.
·         Ser informado de la propuesta a la Administración educativa del nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo.
·         Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.  
·       Otras que les puedan ser atribuidas por la Administración educativa.

2.2. El claustro
El claustro, órgano propio de participación de los maestros en el centro, tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, decidir e informar sobre todos los aspectos docentes del mismo.
El claustro será presidido por el Director y estará integrado por la totalidad de los profesores que presten servicios en el centro.

Sus principales funciones son:
·         Formular al equipo directivo propuestas para la elaboración de la programación general anual. así como evaluar su aplicación.
·         Formular propuestas al Consejo Escolar para la elaboración del proyecto educativo e informar, antes de su aprobación, de los aspectos relativos a la organización y planificación docente.
·         Informar el proyecto de reglamento de régimen interior del centro.
·         Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.
·         Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y en la Comisión de selección de Director
·         Coordinar las funciones referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.
·         Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa, así como cualquier otro informe referente a la marcha del mismo.
·         Ser informado por el Director de la aplicación del régimen disciplinario del centro.
·      Ser informado de la propuesta a la Administración educativa del nombramiento y cese de los miembros del equipo directivo.
·         Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.
·         Otras que le puedan ser atribuidas por la Administración educativa.