Debido a la extensión e importancia del Equipo Directivo, he decidido crear una nueva entrada en la que prestar una especial atención a esto, que se encuentra dentro del apartado de los Órganos de Gobierno en los Centros públicos de los que he hablado en la entrada anterior.
Cómo ya se ha explicado, el Equipo Directivo está compuesto por el Director, Jefe de estudios y Secretario. Cada uno de ellos tiene unas funciones específicas y diferenciadas en el desarrollo de la vida del Centro.
Funciones del director:
· Ostentar la representación del centro, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas.
· Dirigir y coordinar todas las actividades del centro hacia la consecución del proyecto educativo del mismo de acuerdo con las disposiciones vigentes y sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro y al Consejo Escolar del centro.
· Dirigir y promover un desarrollo eficaz de las funciones encomendadas al equipo directivo en el artículo anterior.
· Garantizar el cumplimiento de las Leyes y demás disposiciones vigentes.
· Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro y adoptar las resoluciones disciplinarias que correspondan de acuerdo con las normas aplicables.
· Colaborar con los órganos de la Consejería competente en materia de educación en todo lo relativo al logro de los objetivos educativos, formar parte de los órganos consultivos que se establezcan al efecto y proporcionar la información y documentación que le sea requerida por la Consejería competente en materia de educación.
· Proponer a la Administración Educativa el nombramiento y cese del resto de miembros del equipo directivo, previa información al Claustro y al Consejo Escolar, así como designar y cesar a los titulares de los órganos de coordinación docente y tutorial, de acuerdo con el procedimiento que se establezca en los correspondientes reglamentos orgánicos de los centros.
· Favorecer la aplicación de medidas que contribuyan a mejorar la convivencia en el centro, resolver los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan al alumnado de acuerdo con lo que reglamentariamente establezca la Consejería competente en materia de educación y con los criterios que se establezcan en el reglamento de régimen interior del centro.
· Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones de los órganos de participación en el control y gestión del centro y de otros órganos, cuando así se establezca reglamentariamente, y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias.
· Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro y ordenar los pagos, todo ello de acuerdo con lo que establezca las disposiciones vigentes y la Consejería competente en materia de educación.
· Aprobar las certificaciones y documentos oficiales del centro.
· Impulsar procesos de evaluación interna del centro, colaborar en las evaluaciones externas y promover planes de mejora de la calidad del centro, así como proyectos de innovación e investigación educativa.
· Cualquier otra función que le sea encomendada en los correspondientes reglamentos orgánicos y disposiciones vigentes.
Funciones del Jefe de estudios:
· Participar coordinadamente junto con el resto del equipo directivo en el desarrollo de las funciones señaladas en el artículo cuatro.
· Coordinar, de conformidad con las instrucciones de la Dirección, las actividades de carácter académico, de orientación y tutoría, extraescolares y complementarias del profesorado y del alumnado en relación con el proyecto educativo, las programaciones didácticas y la programación general anual y velar por su ejecución.
· Coordinar las actuaciones de los órganos de coordinación didáctica y de los órganos competentes en materia de orientación académica y profesional y acción tutorial que se establezcan en los reglamentos orgánicos de los centros.
· Coordinar, con la colaboración del representante del centro correspondiente del profesorado y recursos que haya sido elegido por el Claustro, las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y coordinar las actividades de formación y los proyectos que se realicen en el centro.
· Ejercer, de conformidad con las instrucciones de la Dirección, la jefatura del personal docente en todo 10 relativo al régimen académico.
· Elaborar, en colaboración con el resto de miembros del equipo directivo, los horarios académicos del alumnado y del profesorado, de acuerdo con los criterios pedagógicos y organizativos incluidos en la programación general anual, así como velar por su estricto cumplimiento.
· Coordinar la utilización de espacios, medios y materiales didácticos de uso común para el desarrollo de las actividades de carácter académico, de acuerdo con 10 establecido en el proyecto educativo y en la programación general anual.
· Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el titular de la Dirección dentro de su ámbito de competencias o por los correspondientes reglamentos orgánicos y disposiciones vigentes.
Funciones del secretario:
· Participar coordinadamente junto con el resto del equipo directivo en el desarrollo de las funciones señaladas para el Equipo Directivo.
· Ordenar el régimen administrativo y económico del centro, de conformidad con las instrucciones de Dirección, elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro educativo, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.
· Ejercer, de conformidad con las instrucciones de la Dirección y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y servicios adscrito al centro, y aplicar, en su caso, las medidas disciplinarias que correspondan.
· Actuar como secretario o secretaria de los órganos de participación en el control y gestión del centro, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos adoptados con el visto bueno del titular de la Dirección.
· Custodiar las actas, libros y archivos del centro docente y expedir, con el visto bueno del titular de la Dirección, las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados e interesadas.
· Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado y velar por el mantenimiento y conservación de las instalaciones y equipamiento escolar de acuerdo con las indicaciones del titular de la Dirección.
· Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el titular de la Dirección dentro de su ámbito de competencias o por los correspondientes reglamentos orgánicos y disposiciones vigentes.
Una vez vistas las funciones del Equipo Directivo, vamos a plantear un artículo sobre las características que debería tener un buen Director, ya que desempeñar esta tarea no es fácil y no todo el mundo está capacitado para ejercer adecuadamente esta profesión.
Además de su preparación académica, el Director debe reunir unas características personales necesarias para ejercer su trabajo de forma adecuada, algunas de las que creo que son más importantes son:
- Capacidad para representar a la institución y aptitudes para transmitir a su equipo una visión positiva acerca de los logros a alcanzar (capacidad de liderazgo).
- Habilidad para relacionarse con alumnos, padres y docentes
- Capacidad de trabajo en equipo
- Responsabilidad
- Debe promover, cada vez que lo crea adecuado cambios en los estilos de enseñanza docente para que éstos se adecuen a las necesidades de aprendizaje particulares de los alumnos.
- Tener expectativas elevadas tanto del desempeño de los alumnos como del trabajo del profesorado
- Ser capaz de ofrecer críticas positivas y constructivas a los docentes, con el propósito de solucionar los problemas y mejorar la enseñanza.
- Fomentar la utilización eficaz del tiempo de enseñanza
- Dar seguimiento y evaluar continuamente el rendimiento colectivo de los alumnos y emplear la información para guiar la planificación docente.
Como conclusión, decir que la disposición que tenga el director con los docentes beneficiará a toda la comunidad educativa. La confianza que el director inspire también será motivo para que alumnos, padres y docentes se sientas libres de recurrir a él ante cualquier tipo de inconveniente o duda que les pueda surgir.
Los docentes y directivos podrán lograr mejores resultados si ambos, trabajando en equipo, establecen los objetivos de su centro escolar.
Y para finalizar, voy a añadir a esta entrada un enlace a un artículo del periódico "El País" que está relacionado con este tema y me ha parecido interesante, y sobre todo, que da que pensar sobre la situación actual de los centros escolares y de los puestos de director.
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