Tras finalizar en el primer cuatrimestre la asignatura de G.I.C.E., vuelvo al blog, que
este segundo cuatrimestre estará dedicado a la asignatura Educación y Sociedad.
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lunes, 2 de enero de 2012

LA TUTORÍA EN EDUCACIÓN PRIMARIA


La última entrada del blog de esta asignatura la voy a dedicar a la TUTORÍA, que fue el tema principal en el que nos centramos el último día de clase. 

La tutoría es el conjunto de actividades que desarrolla el tutor o la tutora con el alumnado, con sus familias y con el resto de maestros y maestras que imparten docencia a un mismo grupo de alumnas y alumnos de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 68/2007. Su contenido, planificación, desarrollo y evaluación son asesorados por el responsable de orientación del centro. 

El tutor o tutora los nombra el responsable de la dirección de acuerdo con lo establecido en las Normas de convivencia, organización y funcionamiento del centro de entre aquellos que cumplen con el criterio de impartir docencia al grupo de alumnos y alumnas al menos, en una de las áreas lingüísticas, las matemáticas, el conocimiento del medio y la hora de lectura. 

El tutor va a jugar un papel fundamental en la educación de los alumnos. Él es quien mejor debe conocer a todos los alumnos de su grupo, quien establece sus posibilidades y progresos, y quien tiene la responsabilidad de orientarles de una manera directa e inmediata. Por ello, es preferible elegir como tutor/a a aquel que pasa más horas de clase con los alumnos. 

Pero la función del tutor no se queda exclusivamente en su implicación con los alumnos, sino que son tres sus ámbitos de actuación:

- Tutoría con los alumnos: el tutor/a incluye dentro del horario del grupo de alumnas y alumnos que tutoriza, un tiempo semanal para desarrollar tareas propias de orientación y seguimiento del conjunto del proceso de enseñanza y aprendizaje como ya he comentado.

- Tutoría con la familia: el tutor/a es el mediador entre el centro y la familia, y el encargado de garantizar un proceso de intercambio continuado y sistemático, que comienza con el nuevo curso y continúa al finalizar cada trimestre.

- Tutoría con el resto de profesores: el tutor/a debe asegurar que todo el profesorado tiene una información suficiente del grupo y de la problemática de cada uno de ellos, así como de que existe un acuerdo a la hora de abordar las líneas básicas de comportamiento con el grupo.


Perfil del tutor en Educación primaria

La figura del tutor debe ajustarse a un determinado perfil y la formación para la función tutorial deben insistir en determinadas capacidades. Las más relevantes son: 

1. Buena capacidad para establecer relaciones personales y cordiales con los alumnos y sus familias. 
2. Capacidad para mediar y negociar en los conflictos que surjan en la vida del centro. 
3. Conocimiento del planteamiento curricular del nivel educativo de sus alumnos a tutorizar. 

Su personalidad ha de tener unos rasgos determinados, entre los que podemos destacar la capacidad de comunicación, (la gran competencia del tutor es la competencia comunicativa), la empatía y un grado de vínculo emocional (afecto) hacia el alumnado. 

Además, el tutor de primaria ha de mostrarse: comprensivo, tolerante, realista, ecuánime y justo, sincero, respetuoso, abierto y flexible. 

Contenidos a trabajar por el tutor en Educación primaria

Es fundamental recalcar que la acción tutorial no se realiza al margen de las áreas del currículum, sino plenamente integrada e incorporada en ellas. 

Los contenidos que todo tutor debe trabajar con su grupo de alumnos a través de las distintas áreas del currículum son: 

• ENSEÑAR A SER PERSONA: se refiere a la formación del autoconcepto y de la autoestima del alumno. 

- Para contribuir a dicha formación el maestro-tutor debe: fomentar la autoestima de sus alumnos a través de dinámicas o juegos; hacer juicios positivos evitando los negativos y las comparaciones; potenciar la empatía; elogiar los logros y contribuir al desarrollo de las habilidades emocionales. 

• ENSEÑAR A CONVIVIR (desarrollo de la SOCIALIZACIÓN): se refiere a la adquisición de destrezas y normas para participar en situaciones sociales y convivir de manera pacífica en sociedad. 

- Para ello el maestro-tutor debe: establecer normas de convivencia en el aula; crear un clima agradable y de confianza; rechazar la organización de actividades grupales que sean discriminatorias; resolver de forma dialogada y pacífica los conflictos; etc. 

• ENSEÑAR A PENSAR (desarrollo de los PROCESOS COGNITIVOS): se refiere al desarrollo de las capacidades cognitivas de los alumnos, por ejemplo, comprender, interpretar, razonar o sintetizar. 

- En este ámbito el maestro-tutor debe promover el desarrollo de la capacidad de “aprender a aprender” o de “aprender a pensar” asegurando que el alumno utilice estrategias para aprender de manera más eficaz y sea consciente de su propio proceso de aprendizaje. 


Funciones de la tutoría en primaria

Respecto a la tutoría en la educación primaria, las funciones más relevantes se refieren a: 

• La inserción del niño en el grupo de compañeros. 
• La adaptación escolar inicial. 
• La prevención de dificultades de aprendizaje. 
• La vinculación de la escuela con la familia. 

Podríamos citar como una de las funciones principales de la tutoría, la de relacionar familia y escuela, el favorecer la relación y coordinación del centro con los padres. Los padres y profesores deben tomar conciencia de complementar mutuamente su acción educativa. 

Los medios que normalmente se utilizan en los centros para conseguir lo expuesto anteriormente son: las entrevistas y las reuniones informativas. 

Los principales beneficios que puede tener la tutoría en el proceso educativo son: 

· Incrementa su rendimiento académico. 
· Desarrolla hábitos, habilidades y adquiere valores. 
· Contribuye en la solución de problemas escolares y administrativos. 
· Reduce la posibilidad de deserción. 


La bibliografía básica de esta entrada se centra en el Decreto 68/2007 y en la siguiente página, que también me ha sido de gran utilidad:
http://www.techtraining.es/revista/numeros/PDF/2011/revista_30/21.pdf



CONCLUSIÓN FINAL 

Y con esta entrada, termino mi blog dedicado a la asignatura de Gestión e innovación de contextos educativos donde he ido reflejando e incluso ampliando los contenidos que hemos ido viendo en clase a lo largo de todo el cuatrimestre. Me ha sido de gran utilidad la elaboración de este portafolios virtual, ya que además de ampliar mis conocimientos acerca del centro escolar, he aprendido a manejar una herramienta nueva, como es el blog, que nunca antes había utilizado y que ahora me parece una muy buena herramienta de trabajo, distinta y con más posibilidades que el tradicional papel.


LOS TIEMPOS ESCOLARES

En la clase del 13 de diciembre dedicamos un tiempo a hablar sobre la importancia de los tiempos escolares. En esta entrada voy a recoger los aspectos más importantes que vimos en clase sobre este tema y los criterios esenciales para organizar un horario escolar. 



Podemos distinguir entre dos tipos de tiempos escolares: tiempo escolar para el alumnado y tiempo escolar para el profesorado. 


Tiempo escolar para el alumnado 

El tiempo lectivo o de desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje en la escuela es de 9 a 14 horas (jornada continua), de lunes a viernes (25 horas semanales). 

Este horario corresponde a los meses de octubre a mayo. Durante los meses de septiembre y junio el horario de jornada continuada será de 4 horas (de 9 a 13 horas). 

Tiempo escolar para el profesorado 

El profesorado deberá incorporarse a los centros, con carácter general, el 1 de septiembre para realizar las tareas que tiene encomendadas. 

La jornada laboral de los docentes será la establecida con carácter general para los funcionarios públicos, adecuada a las características de las funciones que han de realizar. Esta jornada comprenderá 30 horas de obligada permanencia en el centro y el resto, hasta las treinta y siete horas y media semanales, serán de libre disposición de los profesores para la preparación de las actividades docentes, el perfeccionamiento profesional o cualquier otra actividad pedagógica complementaria 

El horario de obligada permanencia en el centro se distribuirá de la siguiente forma: 

a) Docencia directa con alumnos (actividades lectivas): 25 horas semanales 

b) Horario complementario: en todos los casos se completarán 30 horas semanales de obligada permanencia en el centro, con independencia del horario lectivo asignado. Se dedicará a las siguientes actividades: 

· Entrevistas con padres: se concretará para cada profesor una hora fija semanal para la posible atención de padres. 

· Asistencia a reuniones de los equipos de ciclo y de los departamentos. 

· Horas de dedicación a las tareas propias de los miembros del equipo directivo 

· Horas de realización de actividades extraescolares y complementarias y de colaboración, en su caso, con el Vicedirector o con el Jefe del departamento de actividades complementarias y extraescolares 

· Asistencia a sesiones de evaluación y a reuniones de la junta de profesores, del Claustro y, en su caso, a reuniones del Consejo Escolar o de la Comisión de Participación de la Comunidad Escolar. 

· Horas para el trabajo de los equipos docentes de los proyectos institucionales en los que participe el centro. 

· Cualquier otra, de las establecidas en la programación general anual, que el Director estime necesaria. 



CRITERIOS ESENCIALES PARA ORGANIZAR UN HORARIO ESCOLAR

El Decreto 1513/2006 contempla en su artículo 8 que corresponde a la Conserjería competente en materia de educación establecer el horario que, con carácter ordinario, se ha de llevar a cabo en todos los centros docentes. 

Según la Orden de 12-06-2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se establece el horario y la distribución de las áreas de conocimiento de la Educación primaria en la Comunidad de Castilla – La Mancha, el horario semanal de los centros docentes que imparten las enseñanzas citadas en el Decreto 68/2007 será, con carácter ordinario, de veinticinco horas incluyendo el tiempo del recreo, y se ajustará a lo establecido en el Anexo I. 

El horario lectivo de los alumnos será elaborado atendiendo exclusivamente a razones pedagógicas, y se establecerá respetando lo dispuesto con carácter general para los centros públicos dependientes del Ministerio de Educación y Ciencia en España en los diferentes niveles y etapas educativos que se impartan en ellos, con las adaptaciones que se precisen para acomodarse al currículo específico que se establezca. 

En la primera reunión del Claustro, al comenzar el curso, el Jefe de estudios presentará los datos de matrícula y propondrá, en orden a su aprobación, los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios de los alumnos. 

En todo caso se respetarán los siguientes criterios:

· Los períodos lectivos se distribuirán uniformemente de lunes a viernes. La carga horaria lectiva de cada día no podrá tener una diferencia de más de un período lectivo con respecto a los demás. 

· La distribución de las áreas, asignaturas o módulos en cada jornada y a lo largo de la semana se realizará atendiendo exclusivamente a razones pedagógicas. 

· En ningún caso podrá haber horas libres intercaladas en el horario lectivo de los alumnos. 

· El recreo de los alumnos de Educación Infantil y Primaria tendrá una duración de media hora diaria y se situará en las horas centrales de la jornada lectiva de la mañana. 

· Cuando se impartan dos o más niveles educativos (Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria) y no estén independizadas las zonas de recreo para cada uno de ellos, se procurará que los períodos de recreo no coincidan a la misma hora. 

· En ningún caso las preferencias horarias de los profesores o el derecho de los mismos a elección, recogido en estas Instrucciones, podrán obstaculizar la aplicación de los criterios establecidos con carácter general para la elaboración de los horarios lectivos en cada nivel o etapa educativo o los pedagógicos que pueda establecer el Claustro. 


En cuanto a la cantidad de horas semanales que debe impartirse cada asignatura, éstas vienen fijadas en el Anexo IV del Decreto 68/2007 y son las siguientes: 



Teniendo en cuenta todos estos datos, ya podemos elaborar un horario para una clase de Educación primaria. A continuación, he elaborado un posible horario de una clase de 5º de primaria para que sirva como ejemplo:


HORAS
LUNES
MARTES
MIÉRCOLES
JUEVES
VIERNES
Lengua
Lengua
Matemáticas
Inglés
Lengua
Religión
Inglés
Religión
Lengua
Matemáticas
C. Medio
C. Medio
Lengua
Ed. Ciudadanía
Ed. física
RECREO
RECREO
RECREO
RECREO
RECREO
RECREO
Matemáticas
Matemáticas
Lectura
Matemáticas
C. Medio
Ed. Ciudadanía
Ed. Artística
Ed. física
Música
Inglés

Para terminar, añado el enlace de una página que me ha sido de gran utilidad para elaborar esta entrada, junto con la Orden de 12-06-2007 



viernes, 30 de diciembre de 2011

EL EQUIPO DE ORIENTACIÓN Y APOYO

El Equipo de Orientación y Apoyo es una estructura de coordinación docente responsable de asesorar al profesorado en la planificación desarrollo y evaluación de las actuaciones de orientación y de las medidas de atención a la diversidad del centro y de llevar a cabo las actuaciones de atención específica y apoyo especializado. 

Está constituido por la orientadora, y por el profesorado de pedagogía terapéutica, audición y lenguaje y, en su caso, otros responsables en el diseño y desarrollo de las medidas de atención a la diversidad y orientación. La coordinación será ejercida por el responsable de orientación. 

Los componentes de este equipo, bajo la coordinación del responsable de orientación, trabajarán conjuntamente en el desarrollo de las funciones recogidas en el artículo 9 del Decreto 43/2005, de 26–04–2005, por el que se regula la orientación educativa y profesional en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, y de forma específica, en las establecidas en el apartado segundo de la Orden de 15 de junio de 2005, por el que se regula el régimen de funcionamiento de las unidades de orientación, para sus responsables y en la Resolución de 8 de julio de 2002 para el resto del profesorado de apoyo. 


Funciones generales del Equipo de Orientación y Apoyo (Dec.43/2005): 

· Favorecer los procesos de madurez personal, personal, social y profesional, de desarrollo de la propia identidad y del sistema de valores, y de la progresiva toma de decisiones que el alumno ha de realizar a lo largo de su vida, escolares, profesionales y laborales. 

· Prevenir las dificultades de aprendizaje y no solo asistirlas cuando han llegado a producirse, anticipándose a ellas y combatir el abandono del sistema educativo, el fracaso y la inadaptación escolar. 

· Colaborar en el ajuste de la respuesta educativa a las necesidades particulares de todos y cada uno de los alumnos, adaptándola a sus capacidades, intereses y motivaciones, mediante las oportunas adaptaciones curriculares y metodológicas y el asesoramiento en las medidas de atención a la diversidad que garanticen una respuesta educativa más personalizada y especializada. 

· Asegurar la continuidad educativa a través de las distintas áreas, ciclos y etapas y, particularmente, el paso de la educación infantil a la primaria, de ésta a la secundaria y de la secundaria al mundo académico o al del trabajo. 

· Prestar asesoramiento psicopedagógico a los diferentes órganos de gobierno y de coordinación docente de los centros educativos. 

· Asesorar a las familias en su práctica educativa. 

· Colaborar en el desarrollo de la innovación, investigación y experimentación, como elementos que redundan en una mejora de la calidad educativa. 

· Contribuir a la adecuada relación e interacción entre los distintos integrantes de la comunidad educativa: profesorado, alumnado y familias; así como entre la comunidad educativa y su entorno, colaborando en los procesos organizativos y de participación de la comunidad educativa, y en especial dl alumnado, en la vida de los centros. 

· Asesorar a la Administración Educativa y colaborar en el desarrollo de sus planes estratégicos. 

Los miembros del EOA pertenecerán a distintos equipos de ciclo y asistirán a todas las sesiones de evaluación, con el fin de recoger información relevante tratada en estos, y asesorar; así como intercambiar entre ellos la información recogida. 


¿Qué hace un orientador? 

La figura del orientador sigue siendo, en algunos casos, una gran desconocida para los padres de los alumnos, que dudan entre si son profesores a los que se les asignan otras tareas aparte de las estrictamente docentes. Nada más lejos de la realidad; los orientadores deben estar licenciados en psicología, pedagogía o psicopedagogía y haber pasado una oposición del cuerpo de profesores en la especialidad de Psicología y Pedagogía, y se están imponiendo como una figura clave y especializada, encargada de contribuir con su asesoramiento a mejorar la calidad de la atención de toda la comunidad educativa. 

El papel que desempeña un orientador u orientadora es el de: 

• Colaborar en la elaboración del proyecto curricular de etapa, especialmente en los aspectos de concreción individualizada y adaptaciones curriculares. 

• Asesorar a los profesores en el diseño de métodos y procesos de evaluación. 

• Asistir técnicamente a los profesores para el desempeño de su función tutorial. 

• Asesorar al profesorado, en el tratamiento flexible y diferenciado de la diversidad. 

• Colaborar en la prevención y pronta detección de dificultades o problemas educativos. 

• Colaborar en la orientación escolar y profesional individualizada. 

• Realizar, en su caso, la evaluación psicológica y pedagógica de los alumnos. 

• Cooperar en las posibles adaptaciones al comienzo de una nueva etapa. 

• Promover la cooperación entre escuela y familia. 


Finalizo la entrada añadiendo un artículo que me ha sido de gran utilidad a la hora de investigar sobre este tema y de elaborar esta entrada. En él se habla de la importancia del orientador en la vida educativa. 




INNOVACIÓN DOCENTE


Ya he dedicado una entrada a hablar de la innovación metodológica de los profesores en las aulas. Éste es un tema muy presente en la actualidad docente debido principalmente a los grandes avances producidos en los últimos años en la sociedad y al gran desarrollo de las tecnologías. Por ello creo necesaria la inclusión de nuevos modelos de enseñanza en el aula que es en el tema que me voy a centrar en esta entrada.

Es preciso reflexionar sobre estas otras formas de enseñar que nos llevan a pensar en una nueva manera de concebir la educación. Ya Faure(1973: 16-17) lo adelantaba cuando afirmaba que " (...) ya no se trata de adquirir aisladamente, conocimientos definitivos, sino de prepararse para elaborar, a lo largo de toda la vida, un saber en constante evolución y también se trata de aprender a ser"

Desde comienzos de los años 90, se identificaron otras perspectivas educativas, haciéndose patente la necesidad de que el alumnado adquiera nuevas habilidades relacionadas con: la solución de problemáticas reales, la búsqueda de información y generación de pensamiento crítico. Ello significó que el maestro debía empezar a enseñar al alumnado a aprender a aprender, en vez de centrar su actuación docente en la exposición de contenidos. 

NUEVAS FORMAS DE ENSEÑAR Y DE APRENDER 

Algunos de los nuevos modelos de enseñanza que ya se aplican en las aulas son los siguientes:

- Aprendizaje basado en problemas (ABP): es un modelo didáctico que busca el aprendizaje a través del aprendizaje significativo.

- Modelo por proyectos: se trabaja un tema como eje del proyecto, pero en la indagación sobre ese tema se investiga sobre otros muchos de manera transversal.

- Modelos de enseñanza en red: hay que educar a nuestros alumnos como consumidores y usuarios de la Red, pero con plena conciencia de su uso y con potencialidad para su utilización crítica y creativa, lejos del riesgo de la exclusión a la que se exponen. 



Buscando a través de internet experiencias de innovación docente, me he encontrado con que casi todos los artículos que hablaban sobre este tema estaban relacionados con el ámbito universitario, aún así he encontrado un buen artículo en relación al ámbito educativo de la educación primaria:


En este artículo se analizan las experiencias de catorce casos de innovación educativa de profesorado especializado en Infantil y Primaria. Se detalla el método seguido haciendo especial énfasis en los procedimientos e instrumentos empleados, la elaboración de categorías y en el análisis cualitativo.

Por lo tanto, y en mi opinión, este artículo quiere transmitir que sólo el análisis de la realidad en cada escuela, la planificación, el desarrollo y la evaluación colaborativa y dialogada en cada contexto son el camino para la construcción del cambio en el entrono escolar. Además, innovación y cambio se sitúan como elementos clave de la formación permanente del profesorado.

Hay otro artículo, que también trata de la innovación docente y el uso de las TIC, aunque en el ámbito universitario. No obstante, aquí dejo el enlace porque por ello no deja de ser un artículo muy relacionado con esta entrada y que me ha sido de bastante utilidad a la hora de realizarla.

sábado, 17 de diciembre de 2011

EL PROYECTO EDUCATIVO


El Proyecto educativo es el documento programático que define la identidad del centro, recoge los valores y establece los objetivos y prioridades del centro docente y de la comunidad educativa. 

Según la legislación vigente, cada centro escolar debe elaborar, aprobar y ejecutar un proyecto educativo que será la máxima expresión de la autonomía pedagógica que se le reconoce. 

El encargado de elaborar el P.E.C. es el Equipo Directivo de acuerdo con las directrices del Consejo Escolar y las propuestas del Claustro y Equipos de Ciclo, teniendo en cuenta las características del centro y de los alumnos. 

El Consejo escolar aprueba el Proyecto Educativo, en el que están representados los distintos sectores que componen la Comunidad Educativa. Es necesaria una previa discusión con sus colectivos para recoger sus opiniones sobre cada uno de los aspectos a incorporar. 

Los contenidos del proyecto educativo de un centro escolar, según el modelo establecido por la LOE, están agrupados en cuatro categorías: 

a) Principios pedagógicos. Serán aquellos principios que determinarán la orientación y garantizarán la calidad del conjunto de la propuesta educativa propia de cada centro escolar. Si se trata de un centro privado, y cuando proceda, este primer componente del proyecto educativo será el documento en el cual el titular del centro habrá expresado el carácter propio del centro. 

b) Opciones preferentes. Este segundo componente incluirá la descripción de los valores y los objetivos educativos a los que cada centro escolar considere oportuno atribuir un carácter prioritario en las circunstancias en que se encuentra. 

c) Concreción de los currículos. Será el resultado de completar y desarrollar los currículos correspondientes a las etapas educativas impartidas en el centro, e incluirá el tratamiento transversal de la educación en valores y otras enseñanzas a lo largo de cada etapa. 

d) Planes y programas. Serán los que cada centro considere oportunos según sus necesidades, incluyendo en todo caso aquellos que la misma Ley prescribe o que la Administración educativa correspondiente haya previsto para los centros escolares de su ámbito territorial. Algunos ejemplos de posibles planes y programas son: el plan de atención a la diversidad, el plan de acción tutorial, el plan de convivencia, el proyecto lingüístico si procede, el plan de animación pastoral (escuelas católicas), el programa de actividades complementarias y extraescolares, el programa de diversificación curricular, el programa de formación continua del personal del centro, el programa de innovación educativa, el programa familia-escuela, etc. 

Según los reales decretos que establecen las enseñanzas mínimas, el proyecto educativo de cada centro también deberá incluir las medidas organizativas que garantizarán a los alumnos la libertad de opción de las enseñanzas del área o materia de religión, con el fin de que los padres o tutores las puedan conocer con anterioridad. 





¿Cómo ha de ser el P.E.C.? 

·Holístico: es decir, que debe atender a la totalidad de la acción educativa 
·De calidad 
·Útil para convivir 
·Elaborado de manera democrática 
·Comprometido con el entorno, el contexto del centro y las personas involucradas en él 
·Inclusivo (que recoja los criterios y medidas para dar respuesta a la diversidad del alumnado) 
·Conectado: es decir, en comunicación con todos los elementos culturales existentes. 


Por tanto, la finalidad última del P.E.C. es mejorar la calidad de la enseñanza en condiciones de igualdad y su ámbito de desarrollo, todas las acciones que en el centro docente se llevan a cabo. El Proyecto Educativo se concreta cada año escolar en la Programación General Anual (P.G.A.) 


Como conclusión quiero decir que creo que es necesario elaborar, aplicar y evaluar un buen proyecto educativo en cada centro, ya no sólo por la obligatoriedad que le otorga la LOE sino también por su gran importancia dentro de un centro, debido a todo lo comentado anteriormente. Además el P.E.C. tendrá una incidencia más eficaz si el Equipo Directivo asume el reto de adaptar el currículo establecido de acuerdo con sus principios pedagógicos, la situación en que se encuentre su propio centro, las necesidades de los alumnos y el contexto sociocultural.
Para terminar esta entrada, añado un enlace en el que podemos ver un ejemplo de un Proyecto Educativo, del C.E.I.P.  "El Fabraquer" (Alicante), que me ha parecido muy completo y organizado.

martes, 13 de diciembre de 2011

EL EQUIPO DIRECTIVO

Debido a la extensión e importancia del Equipo Directivo, he decidido crear una nueva entrada en la que prestar una especial atención a esto, que se encuentra dentro del apartado de los Órganos de Gobierno en los Centros públicos de los que he hablado en la entrada anterior.

Cómo ya se ha explicado, el Equipo Directivo está compuesto por el Director, Jefe de estudios y Secretario. Cada uno de ellos tiene unas funciones específicas y diferenciadas en el desarrollo de la vida del Centro.

Funciones del director:

· Ostentar la representación del centro, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas.

· Dirigir y coordinar todas las actividades del centro hacia la consecución del proyecto educativo del mismo   de acuerdo con las disposiciones vigentes y sin perjuicio de las competencias atribuidas al Claustro y al Consejo Escolar del centro.

· Dirigir y promover un desarrollo eficaz de las funciones encomendadas al equipo directivo en el artículo anterior.

· Garantizar el cumplimiento de las Leyes y demás disposiciones vigentes.

· Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro y adoptar las resoluciones disciplinarias que correspondan de acuerdo con las normas aplicables.

· Colaborar con los órganos de la Consejería competente en materia de educación en todo lo relativo al logro de los objetivos educativos, formar parte de los órganos consultivos que se establezcan al efecto y proporcionar la información y documentación que le sea requerida por la Consejería competente en materia de educación.

· Proponer a la Administración Educativa el nombramiento y cese del resto de miembros del equipo directivo, previa información al Claustro y al Consejo Escolar, así como designar y cesar a los titulares de los órganos de coordinación docente y tutorial, de acuerdo con el procedimiento que se establezca en los correspondientes reglamentos orgánicos de los centros.

· Favorecer la aplicación de medidas que contribuyan a mejorar la convivencia en el centro, resolver los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan al alumnado de acuerdo con lo que reglamentariamente establezca la Consejería competente en materia de educación y con los criterios que se establezcan en el reglamento de régimen interior del centro.

· Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones de los órganos de participación en el control y gestión del centro y de otros órganos, cuando así se establezca reglamentariamente, y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito de sus competencias.


· Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro y ordenar los pagos, todo ello de acuerdo con lo que establezca las disposiciones vigentes y la Consejería competente en materia de educación.

· Aprobar las certificaciones y documentos oficiales del centro.

· Impulsar procesos de evaluación interna del centro, colaborar en las evaluaciones externas y promover planes de mejora de la calidad del centro, así como proyectos de innovación e investigación educativa.

· Cualquier otra función que le sea encomendada en los correspondientes reglamentos orgánicos y disposiciones vigentes.

Funciones del Jefe de estudios:

· Participar coordinadamente junto con el resto del equipo directivo en el desarrollo de las funciones señaladas en el artículo cuatro.

· Coordinar, de conformidad con las instrucciones de la Dirección, las actividades de carácter académico, de orientación y tutoría, extraescolares y complementarias del profesorado y del alumnado en relación con el proyecto educativo, las programaciones didácticas y la programación general anual y velar por su ejecución.

· Coordinar las actuaciones de los órganos de coordinación didáctica y de los órganos competentes en materia de orientación académica y profesional y acción tutorial que se establezcan en los reglamentos orgánicos de los centros.

· Coordinar, con la colaboración del representante del centro correspondiente del profesorado y recursos que haya sido elegido por el Claustro, las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y coordinar las actividades de formación y los proyectos que se realicen en el centro.

· Ejercer, de conformidad con las instrucciones de la Dirección, la jefatura del personal docente en todo 10 relativo al régimen académico.

· Elaborar, en colaboración con el resto de miembros del equipo directivo, los horarios académicos del alumnado y del profesorado, de acuerdo con los criterios pedagógicos y organizativos incluidos en la programación general anual, así como velar por su estricto cumplimiento.

· Coordinar la utilización de espacios, medios y materiales didácticos de uso común para el desarrollo de las actividades de carácter académico, de acuerdo con 10 establecido en el proyecto educativo y en la programación general anual.

· Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el titular de la Dirección dentro de su ámbito de competencias o por los correspondientes reglamentos orgánicos y disposiciones vigentes.

Funciones del secretario:

· Participar coordinadamente junto con el resto del equipo directivo en el desarrollo de las funciones señaladas para el Equipo Directivo.

· Ordenar el régimen administrativo y económico del centro, de conformidad con las instrucciones de Dirección, elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro educativo, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.

· Ejercer, de conformidad con las instrucciones de la Dirección y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y servicios adscrito al centro, y aplicar, en su caso, las medidas disciplinarias que correspondan.

· Actuar como secretario o secretaria de los órganos de participación en el control y gestión del centro, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos adoptados con el visto bueno del titular de la Dirección.

· Custodiar las actas, libros y archivos del centro docente y expedir, con el visto bueno del titular de la Dirección, las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados e interesadas.

· Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado y velar por el mantenimiento y conservación de las instalaciones y equipamiento escolar de acuerdo con las indicaciones del titular de la Dirección.

· Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el titular de la Dirección dentro de su ámbito de competencias o por los correspondientes reglamentos orgánicos y disposiciones vigentes.



Una vez vistas las funciones del Equipo Directivo, vamos a plantear un artículo sobre las características que debería tener un buen Director, ya que desempeñar esta tarea no es fácil y no todo el mundo está capacitado para ejercer adecuadamente esta profesión.

Además de su preparación académica, el Director debe reunir unas características personales necesarias para ejercer su trabajo de forma adecuada, algunas de las que creo que son más importantes son:
  • Capacidad para representar a la institución y aptitudes para transmitir a su equipo una visión positiva acerca de los logros a alcanzar (capacidad de liderazgo). 
  • Habilidad para relacionarse con alumnos, padres y docentes 
  • Capacidad de trabajo en equipo 
  • Responsabilidad 
  • Debe promover, cada vez que lo crea adecuado cambios en los estilos de enseñanza docente para que éstos se adecuen a las necesidades de aprendizaje particulares de los alumnos. 
  • Tener expectativas elevadas tanto del desempeño de los alumnos como del trabajo del profesorado 
  • Ser capaz de ofrecer críticas positivas y constructivas a los docentes, con el propósito de solucionar los problemas y mejorar la enseñanza. 
  • Fomentar la utilización eficaz del tiempo de enseñanza 
  • Dar seguimiento y evaluar continuamente el rendimiento colectivo de los alumnos y emplear la información para guiar la planificación docente.

Como conclusión, decir que la disposición que tenga el director con los docentes beneficiará a toda la comunidad educativa. La confianza que el director inspire también será motivo para que alumnos, padres y docentes se sientas libres de recurrir a él ante cualquier tipo de inconveniente o duda que les pueda surgir.

Los docentes y directivos podrán lograr mejores resultados si ambos, trabajando en equipo, establecen los objetivos de su centro escolar.



Y para finalizar, voy a añadir a esta entrada un enlace a un artículo del periódico "El País" que está relacionado con este tema y me ha parecido interesante, y sobre todo, que da que pensar sobre la situación actual de los centros escolares y de los puestos de director.